La belleza exótica de Colombia, su cultura y gente atraen miles de extranjeros anualmente, muchos de los cuales deciden hacer del país, su hogar permanente o lugar de inversión. La devaluación del peso frente al dólar y los atrayentes precios de vivienda hacen de la inversión extranjera en bienes raíces un gran atractivo para estos inversionistas que ven gran oportunidad en el país. Y es que Colombia no solamente está en boca de viajeros y nómadas digitales que hablan muy bien de nuestro país a través de las redes sociales, sino que reconocidas publicaciones a nivel mundial tales como Forbes y Live and Invest Overseas han listado a Colombia como país recomendado para vivir e invertir como extranjero.
Es a estas personas a quienes dedicamos hoy nuestro blog: para los colombianos que han trabajado por muchos años fuera del país y quieren traer su dinero ahorrado para invertirlo en propiedad raíz o extranjeros que se enamoraron de Colombia y quieren comprar inmuebles. Desde la perspectiva tributaria, ¿cuál es el procedimiento correcto que se debe llevar a cabo para invertir en propiedad raíz con dinero del extranjero? Les contamos a continuación.
Primeramente es importante conocer que es posible invertir en propiedad raíz en Colombia con moneda extranjera sin necesidad de tener residencia o nacionalidad. Sin embargo, para realizar este procedimiento correctamente, se deben tener en cuentas ciertos puntos para que todo sea legal ante la DIAN (entidad fiscalizadora de Colombia) y no se tengan que pagar impuestos o sanciones onerosas en un futuro.
En el momento de realizar una transferencia de dinero a través de los bancos comerciales, estos se encargan del procedimiento interno o sea la monetización. Es la responsabilidad del inversionista informar el motivo de la transferencia al banco donde transferirá su dinero para que ellos declaren al Banco de la República (o banco central), que el dinero que se está transfiriendo a Colombia será utilizado para realizar una inversión extranjera, lo cuál significa que el dinero traído forma parte del patrimonio y no es un ingreso que se haya generado en Colombia.
Es posible invertir en propiedad raíz en Colombia como extranjero sin necesidad de tener residencia o nacionalidad.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
- Previo a iniciar el proceso de la transferencia, solicite información del banco en Colombia para conocer la documentación requerida por ellos para esta transacción (los requisitos y tiempos de transferencia pueden variar dependiendo de la entidad). Le pedirán información acerca de la procedencia de sus recursos y documentos que certifiquen que el dinero del país de origen proceden de actividades legales. Por otro lado, es bueno conocer los costos o comisión que cobra el banco por el servicio de la monetización, el tipo de cambio, el día en que se negociarán las divisas y el tiempo estimado para transferir los recursos.
- Se debe transferir el dinero por medio de un banco comercial, con la ayuda de las ramas de comercio internacional o moneda extranjera de la entidad financiera y poner en conocimiento de la misma la suma de dinero a transferir desde el exterior.
- Una vez se hayan cumplido los requisitos del banco comercial para iniciar el proceso de la monetización del dinero, se le debe exigir al mismo que la transferencia se declare ante el Banco de la República como inversión extranjera. Un vez se hace esto, el banco comercial procederá a elaborar una declaración de cambio que le permitirá en un futuro al inversionista poder sacar de Colombia, el mismo monto que ingreso mediante una nueva declaración de cambio. Exigir esta declaración de cambio también justificará, en caso de una auditoría de la DIAN, el origen de los recursos ingresados al país como transferencia de un mismo patrimonio entre países y no ingresos generados en Colombia durante el periodo.
Si bien es cierto que cualquier persona natural o sociedad puede monetizar grandes sumas de dinero por medio de un banco comercial sin que este registre la transferencia mediante el Banco de la República, el no realizar la declaración de cambio ante el BanRepública implicará altos riesgos en materia tributaria ya que no podrá justificarle posteriormente a la DIAN la fuente de estos ingresos.
Al no haber quedado registrada la monetización como inversión extranjera, la DIAN presumirá que el valor transferido corresponde a ingresos de fuente nacional obtenidos por quien transfirió dichos recursos en ese año o período gravable y pretenderá gravar (exigirá pago de impuestos por) dichos recursos que en realidad no son ingreso, sino que corresponden al patrimonio de la misma persona o empresa en el exterior y que trajo a Colombia. De no hacer el procedimiento en la debida forma se puede ver gravemente implicado en pleitos jurídicos con una alta probabilidad de perder el proceso y tener que pagar impuestos onerosos, sanciones e intereses. Además de los problemas tributarios, deberá tener en cuenta que a futuro, si llega a vender el bien inmueble el cual adicionalmente se habrá valorizado, deberá pagar más impuestos por remesas si va a girar nuevamente los recursos al exterior.
Los inversionistas en Colombia deben entender que la transferencia de recursos del exterior a Colombia tiene tres incidencias o áreas que obligatoriamente deberán cumplir en el momento de traer dichos recursos al país. Tales son:
- Cumplir las normas vigentes conforme al tema cambiario, las cuales exigen que la divisa extranjera sea convertida al valor del peso colombiano el dia de la transacción.
- Cumplir las normas vigentes en materia de impuestos, al justificarle a la DIAN el origen y la fuente de los recursos transferidos a Colombia.
- Cumplir las normas vigentes del Banco de la República en materia de ingreso y salidas de divisas del país.
Cabe aclarar que el desconocimiento de las normas vigentes en materia de la transferencia de recursos del exterior, no exonera ni exime a ninguna persona natural o jurídica de las sanciones e intereses vigentes en cada uno de los regímenes anteriores, y la DIAN podrá mediante el cobro coactivo, exigir el cumplimiento de las obligaciones con base en las normas vigentes. Por eso, si no tiene la experiencia con este tipo de transacciones, le recomendamos que se asesore de una persona conocedora del tema para evitar percances.
Si usted o alguien que conoce necesita asesoría en el tema, recuerde que nuestro portafolio de servicios incluye consultoría tributaria. Estamos aquí para brindarle el acompañamiento que necesite al momento de realizar su inversión. ¡Su bienestar es siempre nuestra prioridad!
Para solicitar una consulta personal, escribanos a nuestro email: info@chproyectosinmobiliarios.org o contáctenos a nuestro WhatsApp: 316 252 8927.
Click here to read the English version.
Síganos en nuestras redes sociales para recibir tips, noticias, conocer nuestras propiedades y ver el detrás de cámaras de CH Proyectos Inmobiliarios: Instagram, Facebook, y YouTube.